En 1994 , al aprobarse la Ley de Beneficencia Privada, se consolida un marco jurídico que dota de identidad legal a los grupos voluntarios de asistencia, reconociendo su existencia, características y atribuciones, separando claramente las dos esferas de la asistencia: la pública y la privada.
La figura legal de la Junta en el Estado de Colima aparece por primera vez en el año de 1986; sin embargo, permanece sin operar hasta el mes de marzo de 1999, la cual se reinstaló en el periodo del Gobernador, el Lic. Fernando Moreno Peña.
El 16 de junio de 2001 fue aprobada por el Congreso del Estado la Ley de Instituciones de Asistencia Privada para el Estado de Colima, cuyo objeto es:
“Regular la constitución, funcionamiento, fomento y desarrollo de las Instituciones de Asistencia
Privada, a
través del otorgamiento de apoyos fiscales y de financiamiento; de asistencia y asesoría técnica; de
capacitación,
actualización y profesionalización de los servicios, del fomento para el manejo de la divulgación de
la
obra que
realizan; del apoyo para el manejo eficaz y eficiente de los recursos; de simplificación de trámites
administrativos ante las autoridades estatales y municipales, así como su promoción en los ámbitos
citados
ante las autoridades federales.”
LIAP del Estado de Colima Art. 1
Durante estos 20 años, la misión, visión y valores de la Junta de Asistencia Privada siguen encausados en su razón de ser; servir y profesionalizar a las Instituciones de Asistencia Privada para facilitarles su extraordinaria labor asistencial en la construcción de un Colima mejor.
Nuestra misión es promover con calidad y calidez la creación, cohesión y desarrollo de las Instituciones de Asistencia Privada.
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